Asalto y Agresión

Una situación que comúnmente ocurre en California es que los individuos aluden a los términos agresión y asalto como si se trataran de lo mismo, cuando la realidad es que a nivel legal son crímenes totalmente distintos que son regulados de manera separada y que además cada uno cuenta con su propia esencia y características que los hacen únicos.

Quizás, luego de enterarse de que lo que acabamos de indicar se esté preguntando cual diferencia existe entre ambos tipos de crímenes y porque motivo las personas suelen confundirlos, y a decir verdad la respuesta es muy sencilla ya que usualmente se suelen formular cargos basados en agresión y asalto en torno al mismo caso, sin embargo ello no quiere decir que sean lo mismo.

Para que tenga una mejor comprensión del tema, un individuo comete asalto cuando ilícitamente trata de consumar alguna lesión de naturaleza violenta en contra de otro, siempre y cuando tenga capacidad de ejecutar el acto. Mientras que la agresión se presenta cuando un individuo efectivamente usa fuerza o violencia de modo intencional e ilegal contra otro. En síntesis, el asalto implica tratar de usar fuerza en contra de otro, mientras que la agresión va más allá e involucra realmente consumar la acción de usar fuerza contra otro.

Algo que debe tener en cuenta es que independientemente de que un individuo sea acusado por asalto o por agresión se expone a enfrentar severas penas a nivel penal que pueden incluir tener que pasar un lapso prolongado tras las rejas y pagar multas considerables. Pero, que alguien resulte acusado no implica obligatoriamente que vaya a ser condenado, lo importante es tomar cartas en el asunto y empezar a trabajar en la defensa del caso desde el inicio en conjunto con un abogado conocedor del tema que logre demostrar su inocencia ante la corte.

Si actualmente se levantaron cargos en su contra por Asalto y Agresión en Long Beach, una excelente idea para abordar la situación es contactar a un abogado de la reconocida firma legal Long Beach Criminal Attorney, quien podrá no solo brindar orientación adecuada en cuanto al caso, sino también convertirse en su representante y acompañarlo durante todo el proceso penal, verificando en cada fase del mismo que se cumplan las formalidades requeridas y que se respeten todos sus derechos, pero luchado ante todo por demostrar que es inocente y que el Juez finalmente decida descartar los cargos.

¿Según el ordenamiento jurídico de California a que se refiere el crimen de asalto?

Para empezar debe saber que este crimen está consagrado por el artículo 240 del Código Penal conocido bajo las siglas PC, según la cual incurre en dicha conducta todo individuo que ilegalmente intente en conjunto a una capacidad presente causar a otro alguna lesión violenta.

Aunado a ello, es muy importante hacer énfasis en el hecho de que un individuo puede acabar por ser condenado debido a asalto aun cuando ningún otro acabe por ser herido debido a su conducta.

¿Cuáles sanciones puede imponer un Juez por medio de una condena por asalto?

Si finalmente un individuo acusado acaba por ser condenado debido a asalto, es factible para el Juez que conoce del caso imponer las siguientes sanciones:

  • Tiempo de encarcelamiento no superior a seis meses que debe ser completado en una correccional del condado.
  • Régimen de libertad bajo prueba.
  • El desembolso de hasta mil dólares por multa.
  • Realizar trabajo social.

¿Existe algún crimen que se vincule con el de asalto?

Si, el ordenamiento jurídico de California regula distintos crímenes que se vinculan con el de asalto, pero los más resaltantes son:

  • Asalto usando arma mortal.
  • Asalto consumado en contra de funcionarios públicos.

Asalto usando arma mortal

Se trata de un crimen cuya definición legal se encuentra establecida en el artículo 245 PC, y él mismo ocurre cuando un individuo comete un asalto de acuerdo a las características mencionadas previamente, pero en este caso empleado algún arma mortal.

En tal sentido, se consideran armas mortales a los cuchillos, pistolas y navajas, entre otras. Pero también a instrumentos que parecen irrelevantes como lo son: un vehículo, un tacón, un picahielos o un lápiz, siempre que sean usados de manera tal que puedan causar una lesión física grave a otro.

En cuanto al trato legal que recibe este crimen, el mismo se considera “tambaleante” en California, lo que implica que la fiscalía es libre de presentar cargos o por un crimen menor o una felonía de acuerdo a las características del caso, los registros penales del acusado y las consecuencias que el mismo arrojo. Lo anterior, así como el tipo de arma empleada por el acusado, el hecho de si otro resultó herido y de ser el caso la magnitud del daño o lesión causada son factores determinantes al momento de establecer qué sanciones se deben imponer.

Asalto consumado en contra de funcionarios públicos

De ser el caso que un asalto sea consumado contra un individuo que tiene a su cargo el trabajo de ofrecer servicios al público, es posible que el autor del crimen enfrente cargos por un asalto contra funcionarios públicos.

Al respecto, un trabajador público que está cumpliendo las actividades concernientes a su cargo, en diversas ocasiones se ve en el deber de tomar decisiones que otro individuo no considera adecuada. En razón de lo anterior, muchas veces dicho individuo decide tomar venganza contra el funcionario público al atacar o lo hace para obstaculizar el correcto desempeño de sus funciones, cuando alguno de dichos actos se configura, puede asegurarse que el individuo en cuestión incurrió en asalto contra funcionarios públicos.

Este tipo de crimen se juzga como “tambaleante” en California y tal como se explicó previamente el fiscal tiene libre discernimiento para levantar cargos por un crimen menor o una felonía una vez que estudie el caso, sus consecuencias y los registros penales del acusado. Al respecto, de la calificación que reciba el crimen va a depender el alcance de las sanciones que se impongan.

¿Según el ordenamiento jurídico de California a que se refiere el crimen de agresión?

Según el artículo 242 PC se configura una agresión cuando un individuo deliberadamente y de modo ya sea dañino u ofensivo toca a otro. Esta definición engloba diferentes elementos que se explican más adelante.

Tocar a otro

Implica que el individuo acusado debe haber tenido un contacto de tipo físico con la persona denominada víctima, ello independientemente de que tal contacto resulte mínimo.

Algo que debe considerar en cuanto a este crimen, se refiere a que no se exige que el contacto físico cause algún daño a otro a fin de que se entienda cometido. Para que tenga una idea, incluso escupir el rostro de otro, puede ser considerado un acto de agresión, aun cuando el mismo no sea capaz de causar daños, dolor y heridas corporales.

Aunado a lo anterior, para que se tenga como cometido un acto de agresión, el mismo puede surgir incluso sobre la vestimenta de una víctima y de manera indirecta, es decir a través de un objeto usado para tocar a tal víctima.

Deliberadamente

Un individuo actúa deliberadamente cuando lleva a cabo un acto adrede de modo voluntario. Ahora bien, lo anterior no significa que el objeto de tal individuo deba ser infringir lo dispuesto por el ordenamiento jurídico, ni tampoco herir a otro u obtener un beneficio.

En síntesis, no se requiere que un sujeto haya tenido como propósito consumar una agresión para que termine por ser declarado responsable por la misma, sin embargo, si se debe demostrar que tuvo el propósito de ejecutar el movimiento causante de la agresión.

De modo dañino u ofensivo

Un individuo comete un acto de modo dañino u ofensivo cuando toca a otro de forma irrespetuosa, grosera, violenta o con ira.

¿Cuáles sanciones puede imponer un Juez por medio de una condena por agresión?

Si finalmente un individuo acusado acaba por ser condenado debido a agresión, es factible para el Juez que conoce del caso imponer las siguientes sanciones:

  • Tiempo de encarcelamiento no superior a seis meses que se debe completar en una correccional del condado.
  • Régimen de libertad bajo prueba.
  • El desembolso de hasta dos mil dólares por multa.
  • El deber de realizar trabajo social.

¿Existe algún crimen que se vincule con el de asalto?

Si, el ordenamiento jurídico de California regula distintos crímenes que se vinculan con el de asalto, pero los más resaltantes son:

  • Agresión contra agentes a cargo de mantener el orden.
  • Agresión agravada.

Agresión contra agentes a cargo de mantener el orden

De darse el caso donde un individuo consuma un acto de agresión contra otro que goza de amparo según lo estipulado en el ordenamiento jurídico, dada las funciones que tiene a su cargo, se puede afirmar que tal individuo incurrió en el crimen de agresión contra agentes a cargo de mantener el orden.

En tal sentido, algunas de las personas que gozan de amparo legal debido al ejercicio de sus funciones son:

  • Los agentes policiales.
  • Los bomberos.
  • Los médicos y enfermeros que ofrecen asistencia de urgencia.
  • Los salvavidas

Considere que esta lista es solo de referencia, ya que existen muchos otros que gozan de amparo legal.

Por otro lado, debe saber que este crimen está regulado por dos artículos distintos correspondientes al código penal, ellos son:

  • Artículo 243, literal b PC.
  • Artículo 243, literal C PC.

Ellos engloban un acto de agresión contra agentes a cargo de mantener el orden, de acuerdo a si como resultado del contacto la víctima sufrió o no una lesión. No obstante, para estos escenarios es imprescindible establecer si cuando ocurrieron los hechos el funcionario se encargaba cumpliendo las actividades inherentes a su cargo, puesto que en caso contrario la agresión debe ser calificada como simple y no como agravada.

Agresión agravada

Cuando un acto de agresión acaba por causar una lesión importante a la víctima, es posible que el autor del crimen enfrente una acusación penal por cometer una agresión agravada.

En concordancia con lo anterior, una lesión grave es toda aquella capaz de causar daños importantes sobre el estado físico de un individuo, tal como la pérdida del conocimiento, fracturas óseas, conmoción cerebral y heridas que ameritan suturas, así como la pérdida o el deterioro de las funciones de un órgano o miembro.

Este tipo de crimen se juzga como “tambaleante” en California y por ende el fiscal tiene libre discernimiento para levantar cargos por un crimen menor o una felonía una vez que estudie el caso, sus consecuencias y los registros penales del acusado. Al respecto, de la calificación que reciba el crimen va a depender el alcance de las sanciones que se impongan.

¿De que todo es posible distinguir un crimen de agresión de uno de asalto?

Tal como se mencionó al inicio de este artículo, los individuos suelen usar los términos agresión y asalto como si se tratara de la misma cuestión, cuando en realidad es un error, ya que son conductas criminales totalmente distintas, reguladas por separado y además cada una cuenta con esencia y características propias.

Para empezar, el crimen de asalto tiene su base jurídica en el artículo 240 PC, y un individuo incurre en el mismo cuando ejecuta un acto capaz de causar daño corporal a otro. Mientras que la agresión, tiene su fundamento legal en el artículo 242 PC y ocurre cuando un individuo realmente usa violencia o fuerza sobre otro.

Para que tenga una mejor comprensión del asunto, acotamos un ejemplo:

Imagine el escenario donde un individuo intenta arrojar una bebida muy caliente sobre el rostro de un compañero de trabajo, pero falla en su intento y por ende este último no sufre daños. Tal escenario puede dar lugar a la presentación de cargos por asalto. Pero si en cambio, el individuo al momento de lanzar la bebida logra que caiga sobre su compañero el acto debe ser calificado como una agresión.

Lo mencionado previamente permite concluir lo siguiente:

  • Un acto de asalto no exige que se configure en realidad un contacto físico, diferente a lo que ocurre con la agresión, donde sí se requiere contacto físico entre las partes.
  • El asalto básicamente es el intento de un individuo de agredir a otro, mientras que la agresión es efectivamente agredir a otro. Dicho con otras palabras, el asalto implica intentar usar violencia y la agresión alude a realmente usar violencia.
  • Es posible que se configure un asalto sin llegar a una agresión, pero no es posible que ocurra un acto de agresión sin que ocurra antes un salto.

¿Qué consecuencias se desprenden de una condena debido a asalto y agresión?

Todo individuo que acabe por ser condenado ya sea por asalto o por agresión va a tener que enfrentar consecuencias negativas a futuro, tales como:

  • En cuanto a sus derechos migratorios, cuando el condenado es un inmigrante, quizás sea deportado o expulsado del territorio de EEUU e incluso tenga problemas para solicitar o renovar sus procesos como inmigrante.
  • Desde el momento en que el Juez dicte la condena tendrá serias dificultades para conseguir un trabajo estable, obtener un préstamo o beca, arrendar inmuebles, entre otras. Esto ya que la condena será plasmada en sus registros penales, los cuales son documentos públicos a los que cualquiera puede tener acceso.
  • Es posible que se suspenda o revoque su licencia profesional.

 ¿Cuáles argumentos de defensa suelen usarse en estos casos?

Algo que suele ocurrir con regularidad es que los acusados bien sea por agresión o por asalto alegan que su conducta fue una respuesta a la provocación de la presunta víctima, sin embargo esta no es una buena defensa, puesto que aun cuando un individuo está ante un acto de agresión el mismo es responsable de su conducta y lo ideal es que se comporte de tal modo que se mantenga a salvo la integridad de los demás.

Otro aspecto que debe considerar es que aun cuando el fiscal lo acuse formalmente por asalto o agresión, eso no implica el dictamen de una condena, ya que se debe seguir un proceso penal donde la fiscalía en representación del estado debe demostrar que usted es culpable, al consignar pruebas que demuestren que con su conducta dio lugar a los elementos estipulados por la ley. Pero, a la vez usted tendrá pleno derecho de trabajar en su defensa y demostrar que es inocente del cargo que se le imputa, esto no es tarea fácil, pero si la pone en manos de un buen abogado puede tener por seguro que el proceso fluirá de forma satisfactoria y que será más fácil lograr que se desestimen los cargos.

Ahora bien, hablando específicamente de las líneas de defensa disponibles, existen muchas y la elección de cuál resulta más favorable para usted, va a depender de un minucioso análisis que se debe hacer de su caso a fin de elegir la más acorde según las características del mismo. Es acá donde entra en juego la importancia de que un abogado lo asesore, represente y acompañe durante todo el proceso penal, ya que basado en sus conocimientos y práctica sabrá de qué modo actuar y que defensa y pruebas llevar ante la corte.

Una vez entendido lo anterior, las defensas que mayormente se usan ante estos casos, son:

  • La acusación presentada es falsa, ya que en realidad el crimen nunca se consumó y la víctima acudió ante la autoridad manifestando mentiras para perjudicar al acusado.
  • El acusado realmente fue identificado de forma errada ya que el culpable es otro.
  • El acusado no estaba en posibilidad de imponer fuerza o violencia contra otro.
  • La presunta víctima estaba al tanto de la posibilidad de que se configurara contacto físico, por ende hubo consentimiento de su parte.
  • El acto de presunta agresión o asalto se consumó por legítima defensa propia o de un tercero.

¿Es posible celebrar un compromiso civil en casos de asalto o agresión?

Si, en determinados casos vinculados a agresión o asalto, al igual que otros crímenes es posible lograr la desestimación de los cargos al celebrar un acuerdo civil con una víctima. Por lo general este tipo de acuerdo o compromiso amerita compensar a una víctima económicamente debido a las lesiones que sufrió y otros gastos involucrados. Al respecto, cuando se celebra un compromiso civil, ya no es posible procesar a un individuo debido al mismo crimen.

Aunado a lo anterior debe tener muy en cuenta que esta opción no está disponible en casos relacionados con oficiales de policía, negligencia infantil, abuso de adultos mayores o abuso doméstico.

Contactar a un abogado experto en asalto y agresión cerca de mí

No es una situación de juego y mucho menos sin importancia ser acusado por agresión o asalto en California, ya que en caso de que el Juez decida emitir una sentencia de culpabilidad el individuo declarado responsable tendrá que enfrentar consecuencias drásticas como el encarcelamiento, pago de multas y registro de antecedentes penales que repercutirán de modo negativo sobre su vida.

Lo anterior hace importante encargarse del asunto de inmediato y buscar asistencia jurídica a fin de evitar los devastadores efectos de una condena. Considere que entre más pronto consulte su caso con un abogado y empiece a ejercer acciones, mayores serán sus posibilidades de salir bien librado.

Si actualmente se levantaron cargos en su contra por Asalto y Agresión en Long Beach, una excelente idea para abordar la situación es contactar a un abogado de la reconocida firma legal Long Beach Criminal Attorney, quien podrá no solo brindar orientación adecuada en cuanto al caso, sino también convertirse en su representante y acompañarlo durante todo el proceso penal, verificando en cada fase del mismo que se cumplan las formalidades requeridas y que se respeten todos sus derechos, pero luchado ante todo por demostrar que es inocente y que el Juez finalmente decida descartar los cargos. 

Si desea adquirir una cita que además será gratuita puede llamar al 562-308-7807 donde se le atenderá con la mayor rapidez y amabilidad, tenga por seguro que de esta forma podrá acceder a asesoría jurídica de la mejor calidad y que un experto aclarara sus dudas.