Orden de Restricción Temporal

Cuando los implicados en un caso penal, es decir la víctima y el acusado, comparten algún lazo de consanguinidad, afinidad, son pareja en el presente o lo han sido en el pasado puede afirmarse que el mismo está estrechamente relacionado con violencia doméstica, y por ende la autoridad judicial tiene plena discreción para emitir una orden de protección o restricción temporal a favor de la parte agraviada, con la finalidad de ofrecerle amparo hasta tanto la situación se resuelva evitando que sufra nuevos actos de abuso impulsados por el agresor.

Ahora bien, quizás se estará preguntado ¿cuánto tiempo será ofrecida la protección o amparo? Al respecto, debe saber que estará vigente hasta que se celebre una audiencia cuyo objeto es que la autoridad judicial decida si es pertinente sustituir la orden de protección temporal (TRO) por una orden de protección permanente, cuya extensión es más prolongada y además suele ser más estricta.

Otra pregunta que quizás se está haciendo es ¿Qué abarca una TRO? En tal sentido, la misma está compuesta por una amplia variedad de términos que la autoridad judicial debe determinar y explicar a detalle a las partes, cuya finalidad es prevenir que quién está cometiendo acto de abuso siga incurriendo en dicha conducta y así garantizar que la víctima no va a sufrir nuevos ataques, dichos términos pueden abarcar obligaciones de hacer, es decir efectuar ciertas acciones, tal como realizar la entrega de un bien, y obligaciones de no hacer, tal como abstenerse de frecuentar los sitios a los que usualmente acude la víctima.

Una TRO señala dos partes, una protegida (quien amerita recibir protección) y una restringida (quién está materializando actos de abuso y por ende contra quien se emite la orden). Aunado a ello debe considerar que violar lo dispuesto por la autoridad judicial por medio de una TRO se considera un crimen que puede ser sancionado con penas de encarcelamiento y pago de multas, por ende no es una buena idea pasar por alto la orden, sino que más bien se aconseja a quien reciba una ponerse en contacto con un abogado especialista en leyes penales para que brinde orientación y le ayude a comprender la magnitud y alcance de cada una de las condiciones establecidas a fin de evitar incurrir en una violación de la misma.

Si la autoridad judicial emitió alguna Orden de Restricción Temporal en su contra en el territorio de Long Beach, un abogado especialista de Long Beach Criminal Attorney puede ofrecerle esa asesoría que usted tanto requiere, solo es cuestión de que se ponga en contacto con las oficinas, aparte una cita y le cuente al experto designado todo lo que conoce sobre su caso.

¿A qué se refiere una TRO?

Una orden temporal de protección, alejamiento o de restricción es una medida judicial que emite la autoridad judicial en virtud de un caso donde ocurrió violencia doméstica, con la finalidad de evitar que quién ha resultado víctima de actos de abuso o de agresión no deba atravesar de nuevo por dicha situación dicho con otras palabras, se trata de una orden judicial emitida por la corte con la finalidad de acabar con una conducta de violencia doméstica ejecutada por una persona contra otra.

Cuando a criterio de la corte una persona simboliza peligro para otra, y por ende presume que es pertinente brindarle a esta última protección frente a los actos de abuso desplegados o que se puedan desplegar en su contra es probable que expida una TRO previa revisión del caso.

Otra cosa importante que debe tener en cuenta es que la persona señalada como restringida debe acatar cada uno de los términos que componen la TRO ya que en caso contrario es probable que deba hacer frente a nuevos cargos penales por desacato a la orden, la cual es una situaciones n bastante sería que acarrea encarcelamiento y desembolso de multas.

Visión general de una TRO

Es común observar a personas que durante una discusión se dejan llevar por el impulso y optan por amenazar al otro o lo que es peor aún agredir. Todo ello sin tomar en cuenta la posibilidad que sus actos le dan a ese otro de acudir ante las instancias penales para formular una acusación en su contra e incluso obtener el dictamen de una TRO para obtener protección frente a su comportamiento abusivo para prevenir que se repita la situación.

Una TRO por lo general se solicita por un individuo para recibir protección frente a otro con quien tuvo o tiene un vínculo cercano, algunos ejemplos son: el cónyuge del presente o pasado, pareja con quién se tiene una unión estable de hecho o se tuvo, el conviviente del presente o pasado, novio (a) del presente o pasado y el padre o la madre de hijos comunes.

Aunado a ello los hijos que alcanzan la edad de doce años tienen derecho de solicitar una TRO por sí solos, pero también pueden hacerlo si padre, madre, representante legal o tutor.

Por último los parientes hasta el segundo grado de consanguinidad y afinidad también poseen derecho de solicitar la expedición de una TRO debido a violencia doméstica contra otro. Son ejemplos de estos parientes los siguientes: madres, suegros, hermanos, hijastros, padres, hijos que fueron adoptados legalmente, madrastras, abuelos, cuñados, hermanos, nueras, yernos, nietos, nietos políticos y padrastros. Pero para el caso de parientes políticos es necesario que exista algún vínculo matrimonial en vigor.

¿Cuánto dura vigente una TRO?

Las TRO cuentan con una vigencia comprendido de veinte a veinticinco días, pero se pueden prolongar hasta que se lleve a cabo una audiencia que normalmente tiene lugar dentro del lapso de tres semanas, la cual se desarrolla con la finalidad de decidir si es necesario sustituir la TRO por una orden de carácter permanente que resulta más extensa.

¿Cuál es el procedimiento que se debe seguir para acceder a una TRO?

Toda persona cuyo objetivo sea solicitar una TRO ante los órganos jurisdiccionales debe comenzar por acudir ante los mismos y rellenar los formularios requeridos, los cuales consisten básicamente en proporcionar información sobre los hechos vinculados al caso y los argumentos que justifican la necesidad de que se otorgue la medida. Una vez finalizada la fase correspondiente al papeleo y formularios el asistente del tribunal se encargará de estipular una fecha específica en la que tendrá lugar una audiencia, a la cual dicho solicitante debe presentarse.

Considere que la audiencia en cuestión sólo tendrá lugar cuando se sigan los procedimientos contemplados por la ley.

Por otro lado, debe saber que las víctimas de violencia doméstica tienen derecho de pedir ante el tribunal que se expida una TRO cuando consideran que corren peligro directo e inminente, ante el cual ameritan protección cuanto antes. Por lo general este tipo de medida judicial tiene un lapso de vigencia comprendido de veinte a veinticinco días, pero se puede prolongar hasta que se lleve a cabo la audiencia fijada por el tribunal, la cual normalmente tiene lugar una vez que han transcurrido tres semanas desde el dictamen de la TRO y cuya finalidad es que la autoridad judicial decida si es pertinente sustituir la orden de protección temporal por una permanente cuya vigencia es más extensa y además resulta más estricta.

Por otro lado, es importante acotar que una persona puede solicitar una TRO independientemente de que la parte considerada restringida no tenga conocimiento de la solicitud y esté presente, sin embargo un Juez únicamente declarará con Lugar la solicitud si se presentan medios probatorios que sirvan para respaldar la solicitud.

Dentro del periodo de 5 días siguientes a la audiencia el solicitante de la TRO debe ocuparse de notificar sobre la orden y documentos pertinentes al tribunal. Tal notificación tiene como finalidad informar a aquel en contra de quién se dictó la TRO la existencia de la medida. En tal sentido, las TRO sólo tendrán validez cuando se notifican personalmente, lo que hace importante contar con pruebas de que la requerida notificación se realizó de modo personal, ya que cuando se notifica de otro modo la misma no será considerada válida.

Un ejemplo de lo anterior, son las notificaciones que se realizan a través de correo. De ser el caso la persona contra quien se emitió la medida puede alegar que la misma es inválida dado que no se siguieron los procedimientos legalmente establecidos para la notificación, pues no sé hizo de forma personal y por ende no es posible afirmar que se infringió una TRO que nunca ha tenido validez.

Otro aspecto importante que se debe considerar es que los agentes policiales son quienes por lo general se ocupan de realizar la entrega de documentos vinculados a la notificación de las TRO. Tales documentos estipulan una hora y fecha específica durante la cual debe tener lugar una audiencia, además de una pequeña descripción sobre lo solicitado, más los documentos presentados por la víctima para justificar su solicitud. Una vez efectuada la notificación, la parte notificada dispone de un lapso previo a la audiencia de entre diez y veinte días para responder lo alegado por la supuesta víctima.

Otra cosa importante a tener en cuenta es que un Juez únicamente aceptará dictar una TRO cuando se prueba que la parte señalada como restringida desplegó una conducta amenazadora o que ocasionó daños a la supuesta víctima. Para lo cual usualmente se usan pruebas de que existió abuso psicológico, físico o emocional.

Jurisdicción del tribunal para emitir una TRO

Cuando se configura el escenario donde una víctima tiene su residencia fijada en California, pero la parte considerada restringida en la TRO tiene su residencia en otro estado, es probable que el tribunal no cuente con jurisdicción sobre ella y por lo tanto no tenga derecho para emitir una TRO en su contra.

No obstante, cuando la parte restringida reside en otro Estado diferente a California, es posible para el tribunal adquirir jurisdicción sobre ella de diferentes maneras:

  • Cuando existe una relación cercana con el Estado, lo cual puede ocurrir cuando la parte restringida visita frecuentemente el Estado para ver a quién se considera víctima, sus familiares, por razones de empleo. Porque recientemente ha cambiado de domicilio u otro motivo.
  • Cuando la parte restringida es notificada sobre la TRO mientras está de paso por California.
  • Cuando se configuró una de las conductas de abuso en California. Lo que puede ocurrir por ejemplo cuando la víctima es acosada mediante una llamada telefónica o un SMS mientras estaba en California.
  • Cuando la conducta de abuso desplegada contra una víctima se lleva a cabo estando en su residencia.
  • Cuando se materializa el abuso en California pero la parte que lo desplegó se marchó a un estado diferente después.

Aunado a lo anterior es posible para un tribunal dictar un TRO en otros casos donde la parte protegida no cumple cualquiera de las circunstancias estipuladas, o que depende de las situaciones adicionales que justifiquen que el Juez apruebe una TRO.

¿Qué obligaciones se pueden imponer por medio de una TRO?

Por medio de una TRO que ha sido emitida por un Juez para un caso vinculado a violencia doméstica, se estipulan una amplia variedad de obligaciones a las que la parte restringida debe amoldar su conducta, ya que en caso contrario es posible afirmar que vulnera la orden y por ende es posible presentar cargos penales debido a dicha infracción.

Tales obligaciones pueden ser de efectuar ciertos actos o abstenerse de efectuarlos.

Una vez entendido lo anterior, algunas de las obligaciones que puede imponer el Juez son:

No emitir amenazas, agredir, abusar, seguir, acosar, acechar, alterar la paz o tratar de contactar a una víctima, bien sea de modo directo o indirecto.

Otros deberes que se pueden imponer son, dar a la parte considerada víctima el derecho sobre la custodia de los hijos, propiedades y mascotas. Si reside en el mismo sitio que la parte considerada víctima mudarse, si tiene un vínculo de matrimonio con la víctima pagar pensión alimenticia, dar manutención a los hijos, entregar la propiedad sobre ciertos bienes compartidos, pagar facturas pendientes concernientes a bienes compartidos con la parte considerada víctima, pagar una compensación a quien resultó víctima por concepto de dinero dejado de percibir al faltar al trabajo debido a los actos de abuso, cubrir gastos generados para la víctima debido al abuso como facturas médicas o facturas de alojamiento.

También es posible imponer la obligación de tomar terapia para el control de la ira y asistir a escuelas para padres.

Para finalizar este segmento, quien reciba una TRO probablemente verá limitados sus derechos de poseer, usar y adquirir armas de manera temporal. Al respecto, en caso de poseer armas, la parte considerada restringida debe hacer entrega de las mismas a un oficial de policía y no podrá adquirir nuevas y en caso de violar está restricción se expone a que sus derechos sobre armas sean limitados de forma permanente.

¿Cómo se debe comportar la parte restringida ante una TRO?

En el escenario de que un tribunal decida dictar una TRO contra una persona, ésta debe acatar las condiciones fijadas por el tribunal para evitar que su situación legal se complique al tener que enfrentar cargos por dicha conducta la cual se considera un crimen en California.

Para que ello no ocurra es muy importante que la parte considerada restringida analice cuidadosamente cada uno de los parámetros establecidos por el Juez y de ser posible que se ponga en contacto con un abogado especialista en leyes penales para que le explique detalladamente el contenido de la orden.

Aun cuando le parezcan poco razonables los términos fijados para la TRO es sumamente importante apegarse a los mismos y respetar cada uno de ellos, lo que a su vez reducirá la posibilidad de que el Juez considere prudente expedir una orden permanente, la cual no solo es más prolongada, sino que también resulta más severa.

 Considere que algunas recomendaciones a tomarse en cuenta son:

  • Contestar los alegatos pronunciados por la parte considerada víctima: Este es el único modo de que una persona contra quien ha sido emitida una TRO puede expresar ante el Juez su versión de los hechos y también de probar que realmente nunca emitió una amenaza contra otro, lo acoso o desplegó un acto de violencia. Al respecto debe tener en cuenta que el Juez debe revisar los argumentos y las evidencias presentadas por las partes para posteriormente decidir si es prudente emitir una orden permanente. Todo lo anterior deja en evidencia lo importante que resulta está parte del proceso penal, al ser el único momento en que la parte restringida podrá defender su postura.
  • Acatar los parámetros fijados: Lo mejor que puede hacer la parte considerada restringida en una TRO a fin de evitar que su situación legal se torne más compleja es acatar al pie de la letra cada uno de los términos de la TRO. Sin embargo, de ser el escenario que un Juez decida dictar una orden temporal debe tener en cuenta que la misma solo tendrá vigencia durante máximo unos años.

¿Cuándo infringe una persona lo dispuesto por una TRO?

Se puede afirmar que una persona ha violado lo dispuesto por un Juez mediante una TRO cuando lleva a cabo una acción que se encuentra prohibida por la misma. Pero existen ciertos requisitos que se deben cumplir a fin de establecer que una persona violó una TRO. Un ejemplo es que la persona acusada por violar la orden haya estado en conocimiento sobre el hecho de que la corte expidió la medida en contra suya conforme a las leyes. La parte restringida debe de conocer las condiciones fijadas en la TRO, y un agente de policía debe reconocer que tal parte está en posición de cumplir a cabalidad las condiciones.

Cuando se cumplen los requisitos legales y la parte restringida en una TRO viola las condiciones de la medida, se puede afirmar que llevó a cabo un crimen.

¿Cuáles sanciones puede imponer la corte si una persona es declarada responsable por violar una TRO?

Cuando una persona es declarada responsable por violar una TRO por primera vez es muy probable que el Juez que preside el caso sea flexible o que la actuación de un buen abogado logré mantener al acusado lejos de la cárcel, pero cuando una persona ha incurrido reiteradas veces en la violación de alguna TRO es posible que se impongan sanciones estrictas.

Ahora bien, se trata de un crimen que puede ser procesado como menor o grave según las circunstancias. En cuanto a las sanciones que se pueden imponer, las mismas son:

Como crimen menor:

  • Encarcelamiento durante máximo un año.
  • Pago de máximo 1.000 dólares por concepto de multa.

Como crimen grave:

  • Encarcelamiento durante máximo un año.
  • Pago de máximo 1.000 dólares por concepto de multa.

¿Cuáles defensas puede hacer valer quien sea acusado por violar una TRO?

Todo aquel que sea acusado por violar los parámetros dispuestos para una TRO debe ponerse en contacto con un abogado especialista en la materia para que le indique que hacer a fin de evitar ser condenado.

Considere que un buen abogado analizará el caso a profundidad y planificará una defensa adaptada al mismo y orientada a demostrar la inocencia del acusado o una reducción de cargos.

En tal sentido, son varios los argumentos de defensa que se pueden usar, pero los más comunes son:

  • La parte restringida no tenía intención de infringir la TRO
  • La TRO no se notificó de forma adecuada.
  • No hay evidencias contundentes que demuestren que el acusado violó la TRO.

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