Posesión de Marihuana

Una persona con menos de 18 años al violar las leyes del Estado en cuanto a la posesión de marihuana en más de una ocasión al poseer una cantidad no mayor a 8g de hachís o 28,5g de cannabis, podría tener que prestar servicios comunitarios por 20 horas, si como someterse a terapia por 6 horas.

Si vive en Long Beach y fue arrestado o es acusado por haber violado esta norma, es importante que busque lo antes posible un abogado que pueda hacerse cargo de su caso. Recuerde que en una situación como la suya es importante no dejar pasar el tiempo, recuerde que tomar acciones en el momento justo con la ayuda apropiada puede hacer la diferencia entre un resultado positivo o negativo en su caso. En nuestro escritorio jurídico Long Beach Criminal Attorney, podrá contratar los servicios de uno de nuestros abogados expertos en esta área.

¿Qué prohíbe el código de salud y seguridad en sus subsecciones 11357(a)(b)?

Para que una persona sea encontrada culpable del ilícito de posesión de marihuana según lo establecido en las subsecciones 11357 (a)(b) del HSC, es necesario que el fiscal encargado del caso consiga probar que, la persona tenía en su posesión hachís o marihuana de forma ilegal, la persona sabía que esa droga se encontraba allí, sabía de la naturaleza controlada de esa sustancia, y el hachís y marihuana que poseía era en una cantidad mayor a 5 u 8 gramos.

El HSC en las subsecciones (a)(b) artículo 11357 establece como delito poseer marihuana

El fiscal encargado de un caso de este tipo debe establecer sin que quede ninguna duda la ocurrencia de los elementos constitutivos de este hecho punible, según lo establecido en el artículo 11357 HSC subsección (a)(b), en cuanto a la posesión ilegal de marihuana, las cuales son que:

  • La persona tenía en su posesión alguna sustancia controlada de forma ilegal.
  • La persona sabía que esa droga se encontraba bajo su posesión.
  • La persona sabía de la naturaleza controlada de esa sustancia.
  • Que la sustancia era cannabis concentrado o marihuana que la persona tenía en su posesión era en una cantidad mayor a lo establecido en las leyes.

Ejemplo: Juan, un joven estudiante originario de Texas, viaja al Estado de California para continuar sus estudios universitarios. Conociendo que California había legalizado la marihuana tiempo atrás, Juan decide comprar 8 gramos en una tienda local, a pesar de que en su estado de origen sigue siendo ilegal. La tienda no le solicita su identificación y no se percatan que Juan solo tiene 19 años. Durante el mismo día, Juan es detenido tras haber incurrido en un hecho punible no relacionado. Durante la revisión de su bolso, el agente encuentra la marihuana. Ahora Juan se enfrenta a cargos adicionales por incumplimiento de la sección 11357(a)(1). ¿En este escenario Juan puede enfrentar cargos bajo lo establecido en el artículo 11357?

De acuerdo con el escenario anterior, a pesar de que la marihuana es legal para consumir y poseer en California, la ley establece que solo los mayores de 21 años tienen permitido hacerlo. Juan, un joven universitario de 19 años, estaba al tanto de esta normativa cuando fue detenido. A pesar de saber que tenía la marihuana bajo su posesión, Juan decidió portarla consigo, lo cual es ilegal. Además, la cantidad que Juan tenía en posesión también es considerada ilegal de acuerdo a las leyes establecidas en California. Aunque la marihuana en el estado es legal, Juan debe enfrentar las consecuencias legales por incumplir las normas establecidas.

¿Qué sanciones son establecidas por el delito de posesión de marihuana según el artículo 11357 HSC subsecciones (a)(b)?

Artículo 11357 HSC, subsección (d) – Poseer marihuana dentro de una zona escolar, siendo menor de 18 años

Si eres menor de 18 años y te atrapan con más de 8g de hachís o 28.5g de cannabis en los terrenos de una escuela durante el horario escolar en California, estarás enfrentando una violación de la norma 11357. Como consecuencia, tendrás que cumplir con una terapia de 8 horas y un servicio comunitario de hasta 40 horas, los cuales deben ser completados en un lapso de 90 días. En el caso de una reincidencia, se esperaría que asista a 10 horas en terapia y 60 horas como servicio comunitario en un lapso de 120 días.

Artículo 11357 HSC, subsección (a) – Primera infracción por poseer marihuana

La norma 11357(a) HSC establece las sanciones para aquellos menores de 18 años que cometen una infracción por primera vez en relación con el uso de cannabis o hachís. En este caso, el castigo será de 4 horas en terapia y un máximo de 10 horas prestando servicio comunitario. Estas acciones deben ser realizadas en un lapso de 60 días. Sin embargo, si la infracción se repite, la sanción será de 6 horas en terapia y un máximo de 20 horas prestando servicio comunitario, lo cual tiene que ser completado en un lapso de 90 días. Es importante recordar que estas sanciones son para aquellos menores de 18 años que cometen estas infracciones por primera vez.

 Artículo 11357 HSC, subsección (b) – Poseer marihuana

Si eres una persona menor de 18 años y te atrapan con más de 8g de hachís o 28.5g de cannabis en California, estarás enfrentando una violación de la Sección 11357(b). Como consecuencia, tendrás que cumplir con una terapia de 8 horas y un servicio comunitario de hasta 40 horas, los cuales tienen que ser completados en un lapso de 90 días. En el caso de una reincidencia, se esperaría que asista 10 horas a terapia y 60 horas como servicio comunitario dentro de un lapso de 120 días. Si eres mayor de 18 años, el poseer una cantidad mayor a la mencionada puede resultar en 6 meses en alguna cárcel del condado y/o una multa por $500.

Iniciativa de legalización de la marihuana y la proposición 64

La posesión, el uso y la venta de marihuana por parte de particulares y empresas se legalizó después de que los californianos aprobaran la Proposición 64 en noviembre de 2016 por un margen de más de cuatro a uno. La ley rige actualmente a partir de enero de 2018.

Las únicas personas que pueden comprar, usar, exportar o vender marihuana legalmente son aquellas que tienen al menos 21 años. La marihuana solo se puede transportar o poseer en cantidades de hasta ocho gramos de cannabis concentrado o 28,5 gramos (aproximadamente una onza) de marihuana. La posesión de más de una droga es un delito menor; sin embargo, los menores de 18 años pueden optar por recibir servicios comunitarios o participar en terapia con medicamentos.

Las personas que tengan al menos 18 años de edad y que se encuentren en posesión o usando marihuana en las instalaciones de cualquier escuela durante el horario escolar o mientras participen en cualquier actividad relacionada con la escuela serán multadas de acuerdo con la Prop 64. Para los niños menores de 18 años, también están disponibles el tratamiento de drogas o el servicio comunitario. Solo en áreas que han sido aprobadas oficialmente donde la edad mínima es de 21 años y no se venden alcohol y cigarrillos se permite el consumo de marihuana (o en tu propia casa, por supuesto).

La posesión de marihuana con el propósito de venderla se declaró ilegal bajo la Prop 64. Menos de una condena previa por un delito grave, un delito sexual, al menos dos condenas anteriores por posesión de marihuana con la intención de venderla, o menos de una condena previa por posesión de marihuana con la intención de vendérsela a un menor de edad (18 años), las personas que están en posesión de marihuana con la intención de venderla ahora corren el riesgo de ser acusadas de un delito menor. El transporte y la posesión de marihuana para la venta son actualmente legales, sujetos a algunas restricciones.

Si lo atrapan transportando marihuana sin licencia, se le acusará de un delito menor a menos que tenga una condena previa por un delito grave, un delito sexual o al menos dos condenas anteriores por posesión de marihuana con la intención de venderla. Tampoco se le imputará un delito menor si no ha vendido marihuana a ningún menor de veintiocho años o si no ha transportado más de 28,5 gramos de marihuana (u ocho gramos de cannabis).

Marihuana medicinal bajo el artículo 11362.5 HSC y Prop 215

La Prop 215 (también conocida como "La Ley de Uso Compasivo"), que legalizó el uso la y posesión de marihuana, fue aprobada por los votantes de California en 1996.Posteriormente, se añadió la Prop 215 como el artículo 11362.5 HSC. El empleo de la marihuana se permite por primera vez bajo la Prop 215 con receta médica. Es necesario diagnosticar un " estado grave " para obtener la derivación legal.

En el caso de que cumpla con los requisitos, también podrá solicitar y obtener la tarjeta de identificación para marihuana medicinal. El sistema relacionado con la salud de su condado es donde se obtienen las marcas de identificación para la marihuana medicinal. No todos los condados pertenecientes a California tienen acceso a ellos. La tarjeta para la marihuana, si es genuina, da derecho al propietario a poseer, usar, cultivar y/o transportar marihuana legalmente. Queda expuesto el pago del impuesto sobre la base de las ventas y el uso. Por otra parte, la marihuana no se puede dar ni vender con una tarjeta para marihuana medicinal, ni se puede poseer con el fin de venderla. Permite el consumo de marihuana sólo para uso personal.

Con una tarjeta de identificación de marihuana, de igual forma se pueden poseer hasta 8 oz de marihuana en estado seco (a menudo conocida como "flor"). Además, permite el crecimiento de 6 plantas maduras de marihuana u 8 plantas no maduras. La tarjeta posibilita también el uso de ciertas cantidades razonables. (Si tiene una identificación válida, también es legal poseer y usar cannabis concentrado, también conocido como hachís). No obstante, no se permite el consumo de marihuana en lugares en los que se prohíba fumar. Esto también ocurre cuando se fuma marihuana cerca o dentro de escuelas, centros juveniles u otros edificios de instalaciones. También se prohíbe usar marihuana cuando se opera un vehículo motorizado, autobús escolar o un avión.

Para servir como "cuidador principal" de otra persona, también es factible obtener la tarjeta para la marihuana medicinal; no se requiere tener el carné para hacerlo. Para hacer esto, debe tener al menos veintiocho años. Además, debe ser el encargado de la vivienda, la salud y protección del paciente, y debe referirse a usted como el "cuidador principal" mientras lo haga. El paciente deberá así solicitar su carné, que caducará en el momento en que el paciente realice su carné de identificación de marihuana medicinal.

Plantación de marihuana

El cultivo, cultivo, recolección, cosecha o procesamiento de marihuana (11358 HSC) hace referencia al acto de cultivar cualquier planta o porción de cannabis. Dependiendo de si la planta está en desarrollo o no, la marihuana es definida legalmente como la totalidad o parte de las plantas de Cannabis sativas, incluidas la resina y las semillas que provienen de cada parte de las plantas. También se incluyen todas las sustancias químicas, los procesos de fabricación, los derivados de la sal, los preparados vegetales que involucren la planta, la producción de resina o sus semillas.

La marihuana es clasificada como "wobbler" en el Estado porque puede castigarse como un ilícito menor o mayor según las circunstancias del caso individual. Una persona puede obtener una sentencia por un delito grave si ha cometido 3 o más violaciones a la ley, ha sido condenada previamente por un delito sexual o ha causado una consecuencia ambiental especificada en la norma. La ley estatal de "Tres avisos" también es aplicada al artículo 11358.Si recibe 3 "strikes", si es declarado culpable de cultivo de marihuana, etc., podría ser condenado a las siguientes sanciones: Una multa de hasta $10,000 o ambas. Una sentencia por hasta 3 años en alguna prisión estatal.

Es importante recordar que la marihuana no incluye las semillas maduras de las plantas, las fibras hechas de esas semillas, torta o el aceite hecho de sus semillas, o cualquier otra mezcla, sal, manufactura, producto derivado de semillas maduras (aparte de la resina resultante del mismo), fibra, torta o aceite. Tampoco incluye las semillas esterificadas de las plantas, que son incapaces de germinar.

¿Cuáles son las defensas actuales ante casos de este tipo?

Las siguientes son cuatro defensas estándar para un cargo de posesión de marihuana bajo HSC 11357:

  • No poseía marihuana

Ejemplo: El acusado Juan, de 20 años, tiene una condena anterior por tráfico de cocaína. Mientras sigue haciéndolo, decide hacer una réplica de marihuana con incienso y plantas caseras secas y venderla a transeúntes desprevenidos. Juan prepara media onza de su imitación y la lleva al Parque Público, donde es detenido después de que un agente encubierto le oye informar a un invitado del Parque de que tiene marihuana. Se han presentado cargos de 11357(a) contra Juan. ¿En este escenario Juan puede enfrentar cargos bajo lo establecido en el artículo 11357?

Según el escenario anterior, la intención de Juan era que la mezcla de productos químicos que llevaba encima pareciera marihuana. Sin embargo, debido a que la acusación carece de un elemento del delito, los tribunales en este estado están obligados a fallar a favor del acusado. En este caso, Carlos debe ser absuelto ya que la fiscalía no puede demostrar que realmente llevaba marihuana encima. Es importante recordar que, en estos casos, la intención del acusado no es suficiente para condenarlo, sino que se requiere pruebas concretas para llevar a cabo una acusación válida.

  • La marihuana no era del acusado

Ejemplo: Daniela la acusada, de 17 años, estaba asistiendo a un concierto junto a su novio cuando el novio comenzó a fumar un porro de marihuana en el área próxima a la entrada principal del local. Lamentablemente, el novio se dio cuenta de que se había dejado su entrada dentro del vehículo y le entregó el porro a Daniela. Mientras tanto, un policía asignado a custodiar la actuación olió la marihuana y se acercó a Daniela para pedirle su identificación. Después de descubrir su edad y que no tiene antecedentes penales, Daniela fue detenida por violar la norma 11357(a) (1) HSC por portar marihuana. A pesar de que Daniela dice no haber hecho nada malo, su detención se realizó de acuerdo a la ley y se enfrenta a consecuencias legales. ¿En este escenario Daniela puede enfrentar cargos bajo lo establecido por la ley?

La acusada poseía una sustancia restringida, lo cual sugiere que posiblemente conocía que estaba cometiendo un delito. Además, al ser abordada por la policía, estaba consciente de poseer la marihuana. Como una joven de 17 años, Daniela no está autorizada legalmente a tener marihuana. Sin embargo, según lo descrito, el porro de marihuana que Daniela sostenía en realidad pertenecía a su novio, ella sólo lo sostuvo temporalmente mientras él recogía su entrada. Por lo que, su abogado podría argumentar que la posesión de Daniela era sólo temporal y que no sabía de la naturaleza ilegal de la sustancia. Esto podría llevar a una exculpación en su caso.

El acusado no sabía de la existencia de la droga

Ejemplo: Diego el acusado, de 19 años, asiste a una fiesta organizada por uno de sus amigos. Como su amigo se encuentra demasiado tomado para conducir, Diego se ofrece a llevarlo al restaurante para cenar esa misma noche. Diego recibe las llaves del auto de su amigo, Fran, y se dirige al restaurante. Sin embargo, Fran no le reveló que tenía pendiente una orden de detención por no pagar las multas de aparcamiento. Diego sólo se entera de esta situación luego de ser detenido por un agente de policía. Durante la detención, el agente solicita autorización para realizar un registro del vehículo y Diego lo concede. Al registrar el vehículo, el agente encuentra más de veinte oz de marihuana en el interior. Diego sufre una detención por haber infringido la ley 11357(a) (2) HSC, aunque insiste en su inocencia. A pesar de no estar en posesión de la marihuana y no tener conocimiento de ella, Diego es acusado debido a la ley de posesión constructiva. ¿En este escenario Diego puede enfrentar cargos bajo lo establecido por la ley?

El acusado Diego se encontraba en una posesión constructiva de 20 oz de marihuana, puesto que tenía el acceso a esta mientras se encontraba dentro del auto como conductor. Sin embargo, como un joven de 19 años, la posesión de Diego sería considerada ilegal según las normas de California. Por lo tanto, cualquier posesión de la marihuana sería considerada ilegal. Sin embargo, Diego no era el propietario del camión y no tenía conocimiento de la presencia de marihuana en el auto, lo cual podría generar dudas legítimas en un jurado sobre su conocimiento del delito. Por lo tanto, Diego podría ser considerado no culpable ya que no sabía de la existencia de la sustancia.

¿Cómo podría responder si me acusaran de cometer el hecho ilícito?

Los ilícitos de drogas en California se consideran delitos graves. Comuníquese con algún abogado defensor criminal experto y comprometido en el menor tiempo posible si ha sido acusado de posesión de marihuana. Tenga en cuenta que los abogados de defensa con experiencia pueden ser capaces de: Negociar algún cargo menor como parte un trato de culpabilidad; obtener una sentencia reducida; o incluso que todos los cargos contra el cliente sean desestimados por completo.

¿Dónde contratar los servicios de un abogado especializado en casos de este tipo en Long Beach?

Si se encuentra en Long Beach y fue arrestado o es acusado por haber violado esta norma, es necesario que busque lo antes posible un abogado que pueda hacerse cargo del caso. Recuerde que en una situación como la suya es importante no dejar pasar el tiempo, recuerde que actuar en el momento justo con la ayuda apropiada puede hacer la diferencia entre una conclusión positiva o negativa para usted. En nuestro escritorio jurídico Long Beach Criminal Attorney, podrá contratar los servicios de uno de nuestros abogados expertos en esta área. Para comunicarse con las oficinas de nuestro bufete llamando al número 562-308-7807.