Libertad Condicional

En California existe una problemática que se observa casi que a cotidiano entre la población y ella alude al uso de la palabra “probation” (referente a libertad probatoria vigilada) y el término “parole” (alusivo a libertad probatoria bajo palabra) de forma indistinta, es decir como si se tratara de sinónimos y por ende significan lo mismo.

Al respecto, en el área penal cuando un individuo es declarado responsable por la comisión de un crimen, puede recibir como sanción un régimen de libertad probatoria vigilada, dicha sanción puede ser dictada por un Juez y consiste en disminuir o anular por completo el periodo que un condenado debe permanecer recluido en una cárcel. A su vez, dicho régimen de libertad probatoria vigilada se caracteriza por estar compuesto por una amplia variedad de términos y condiciones que el Juez debe estipular de forma expresa e inequívoca y que el condenado debe acatar ya que en caso contrario la medida puede ser suspendida o revocada, pero debe considerar que dicho régimen debe ser vigilado por la corte o un oficial de libertad probatoria según las circunstancias.

Mientras que el “parole” de igual modo corresponde a un régimen vigilado de libertad probatoria, pero solo se puede imponer cuando un individuo es condenado con encarcelamiento que debe cumplir en un reclusorio del Estado el cual solo entra en vigencia cuando tal condenado sale de la cárcel. Al respecto, en los casos donde un individuo es sometido a un régimen de libertad probatoria bajo palabra, es deber del mismo aceptar los términos y condiciones fijadas por el Juez. Considere que el tiempo de duración establecido para la condena es un factor determinante al momento de establecer cuando un condenado puede ser dejado en libertad.

Para que tenga una idea más amplia del tema y por ende una mejor comprensión del mismo, le vamos a explicar brevemente a que se refiere un régimen parole en California: Cuando un individuo es condenado con un régimen de encarcelamiento por tiempo determinado que se debe cumplir en un reclusorio del estado, el mismo de forma instantánea debe ser puesto en un régimen de libertad probatoria cuando se autorice su salida. En el instante que cumpla el segmento determinado correspondiente a su condena, un individuo condenado a encarcelamiento en un reclusorio del Estado que ha recibido cadena perpetua tiene la posibilidad de acceder a un régimen de libertad probatoria bajo palabra (parole), ello ocurre por ejemplo cuando la condena involucra la obligación de permanecer en la cárcel entre 15 años y condena perpetua. Pero un individuo solo será reinsertado a la sociedad cuando una junta “parole” concrete que está preparado

Considere, que salvo que un condenado esté dando cumplimiento a una condena perpetua en virtud de la que no tiene derecho a acceder a un régimen parole o cuando representa un peligro relevante para la sociedad, todo recluso debe tener una fecha asignada de liberación. En tal sentido, la condena dictada y si procede la aplicación de crédito por un buen tiempo, son factores determinantes en cuanto a la elegibilidad. Todo condenado con encarcelamiento durante una cantidad de tiempo específico o quien reciba una sentencia determinada, de modo automático se vuelve elegible a un régimen parole dentro del lapso de 1 año luego de la fecha mínima estipulada para su elegibilidad a la libertad probatoria.

Por su lado, los individuos que cumplen una condena perpetua están en el deber de cumplir una parte específica de la condena antes de poder aspirar a un régimen de libertad probatoria bajo palabra, pero deben convencer a la comisión a cargo de tal medida de hacerlo. En tal sentido, cuando la condena de un individuo es por ejemplo entre 25 años y condena perpetua, debe cumplir primero los 25 años. Tenga en cuenta que las audiencias de libertad probatoria bajo palabra únicamente se encuentran disponibles para criminales adultos que resultaron condenados a una condena perpetua o periodo indefinido con probabilidad de obtener tal medida.

Si usted fue condenado en Long Beach bajo las condiciones anteriormente descritas y no tiene conocimiento de si puede o no ser beneficiado con un régimen o medida de Libertad Condicional Bajo Palabra, puede obtener toda la información que amerita poniéndose en contacto con el gremio Long Beach Criminal Attorney, el cual corresponde a una firma legal compuesta por un excelente equipo de expertos, instaurada en el condado desde hace ya bastante tiempo, quienes han representado todo tipo de casos y que cuentan con conocimientos excepcionales en cuanto a lo que involucra la materia penal y este tipo de medidas. Una consulta será la forma de iniciar su relación, donde un destacada abogado se ocupará de analizar su caso e indicar si puede o no obtener un parole, y en caso de ser afirmativa su respuesta le puede brindar compañía, orientación y representación de la mejor calidad durante cada etapa del proceso, asegurando que se respeten cada uno de sus derechos y que obtenga lo que busca.

¿De modo general que involucra la libertad probatoria bajo palabra dentro de California?

De acuerdo al ordenamiento jurídico vigente en California un parole se refiere a un programa sometido a vigilancia que se pone en práctica cuando un criminal sale de la cárcel y se reinserta a la colectividad. Pero, se trata de un programa, régimen o medida que no se concede siempre de manera automática.

Cuando un recluso resulta apto a un régimen de libertad probatoria bajo palabra, el mismo se otorga luego de que una comisión de libertad probatoria procesa al recluso que está preparado para ser puesto en libertad. Aunado a lo anterior, se trata de un derecho que no se encuentra disponible para reclusos que recibieron un tipo de condena perpetua en virtud de la cual no es posible otorgar este tipo de libertad probatoria.

Por lo general aquellos reclusos que resultan aptos a un régimen de libertad probatoria bajo prueba deben ser puestos en libertad una vez que cumplan su condena, salvo que representen un peligro inminente en cuanto al tema de seguridad pública, término que alude a una definición bastante variada, pero antes del año 1977 la situación era diferente.

Anteriormente, la condena de encarcelamiento de un individuo no repercutió sobre su probabilidad de acceder a un régimen de libertad probatoria bajo palabra, ya que se tomaba más en cuenta por parte de las comisiones parole el esfuerzo que hacía un recluso por rehabilitarse a nivel penal. Como consecuencia, tales comisiones en muy pocas oportunidades establecen fechas fijas de liberación para los reclusos. Al respecto, los legisladores de California sentían desacuerdo con tal enfoque y por ende se tomó la determinación de que la finalidad de un régimen de encarcelamiento debe cambiar y ser “el castigo”.

Al respecto, llegaron a la conclusión de que el mejor modo de poner en práctica tal principio es que los criminales cumplan una pena equitativa al crimen cometido y a la que otros reclusos procesados por el mismo tipo de crimen hayan cumplido.

Salvo que el tema de seguridad pública amerite una extensión del régimen de encarcelamiento, los reclusos deben ser dejados en libertad probatoria bajo palabra al momento en que hayan completado su condena correspondiente. Esta se trata de una política que en la actualidad continúa vigente en cuanto a la regulación sobre libertad probatoria de California. Inclusive aquellos reclusos que deben cumplir condenas indeterminadas, tal como es el caso de los castigados con el deber de permanecer recluidos entre 25 años y condena perpetua, deben acceder a un régimen de libertad probatoria bajo palabra una vez cumplan la parte determinada inherente a su condena, que en tal escenario es “15 años”, salvo que el tema de seguridad pública amerite lo contrario. No obstante, la fecha fija en que los reclusos pueden acceder a un régimen parole varía según el crimen debido al cual fueron juzgados y en qué fecha se emitió la condena.

¿Cuáles son los factores determinantes al momento de establecer si un individuo puede acceder a un régimen Prole?

La determinación sobre si un recluso es apto para acceder a un régimen de libertad probatoria bajo palabra depende en gran parte del tipo de condena que él mismo recibió y como se debe aplicar el crédito por un buen tiempo en relación a la condena.

En tal sentido, se debe acotar lo siguiente:

  • Condenas específicas: Una condena específica que se debe cumplir en un reclusorio del estado alude a toda aquella cuya duración es determinada. Por ejemplo, cuando un individuo es condenado a 4 años de encarcelamiento, el número 4 resulta el factor o la duración determinada.
  • Condenas no específicas: Una condena no específica que se debe cumplir en un reclusorio del estado, alude a toda aquella cuya duración es indefinida. Usualmente una condena indeterminada se denomina “condena perpetua”, como ejemplo puede imaginar el caso donde un individuo es condenado a cumplir una pena estipulada entre 25 años y condena perpetua, al respecto la parte determinada de la misma corresponde a los 25 años, y el elemento indeterminado se refiere a toda la vida, Pero existe la probabilidad de que algún Juez dicte una condena contra un individuo que abarque condena perpetua sin la posibilidad de acceder a un régimen de libertad probatoria. Cuando ello ocurre se usa una especie de condena previa, La condena no posee parte definida o específica. En tal sentido, por lo general se tiene como fecha mínima para acceder a la libertad probatoria bajo palabra el periodo de 7 años correspondiente a la condena.
  • Crédito debido a buen tiempo: Salvo unas escasas excepciones, los reclusos poseen el derecho de acceder a crédito debido al buen tiempo durante el tiempo que permanezcan recluidos en la cárcel. Ello implica que aquellos reclusos que tengan una buena conducta mientras permanecen en la cárcel pueden usar tal crédito a fin de cumplir una parte concerniente a la condena que recibieron. Usualmente los reclusos lograban acumular crédito suficiente debido a buen tiempo que les permitía cumplir solo la mitad correspondiente a su condena establecida a fin de acceder a un régimen parole. No obstante, en California fueron modificadas las leyes de libertad probatoria bajo palabra con el fin de exigir a los condenados que dieran cumplimiento a dos tercios correspondientes a sus condenas determinadas antes de poder ser puestos en libertad bajo un régimen parole.

Dados los problemas económicos que enfrentaban las cárceles y el exceso de población que tenían, el estado optó por ofrecer crédito día a día, lo cual permite otorgar un régimen parole una vez que los reclusos cumplan la mitad de su condena. Pero los reclusos que resultan condenados debido a un crimen violento tienen la obligación de cumplir un 85% del tiempo establecido para sus condenas antes de lograr acceder a un régimen de libertad probatoria bajo palabra. Considere que son ejemplos de crímenes violentos: La violación, el robo en primer grado, el abuso sexual contra menores, entre otros.

Por su cuenta, los reclusos que resultaron condenados en concordancia con la ley sobre asesinato bajo el artículo 187 PC, al igual que los condenados y posteriormente encarcelados por dos crímenes graves o más no tienen derecho de acumular crédito por buen tiempo. Los reclusos que cumplen los requisitos mencionados deben cumplir sus condenas a totalidad a fin de poder acceder a un régimen de libertad probatoria bajo palabra.

Se debe enfatizar que los reclusos sólo pueden ser colocados en un régimen de libertad probatoria bajo palabra cuando el Estado presume que están listos para reinsertarse a la sociedad, ya que los criterio mencionados solo se abocan a determinar en qué momento una comisión de libertad probatoria bajo palabra puede analizar su liberación.

  • Los reglamentos que regulan el parole cambian frecuentemente: Las leyes cuya finalidad es regular el régimen de libertad probatoria bajo palabra suelen modificarse con frecuencia. En tal sentido, cuando una nueva ley cobra vigencia no suele surtir efecto sobre los individuos que fueron condenados previamente y en relación a un reglamento previo. Por el contrario, se suele aplicar al futuro, es decir aquellos que resultaron encarcelados luego de que la ley cobró vigencia. Todo ello hace que la fecha en que fue emitida la condena sea un factor determinante al momento de estipular cuál es la fecha mínima para optar a un parole.

Para que tenga una idea determinadas leyes únicamente se pueden aplicar a aquellos reclusos que resultaron condenados o cuya detención se efectuó antes del año 1983, pero otras solo se aplican a quienes resultaron recluidos o condenados luego de 1977.Esto hace de suma importancia contactar a un abogado especialista en libertad probatoria bajo palabra que le indique si realmente se están respetando sus derechos.

¿Cómo se clasifica la libertad probatoria bajo palabra en el estado de California?

El departamento de correccional usa seis niveles distintos de vigilancia para los regímenes de libertad probatoria bajo palabra. De acuerdo a las necesidades de un recluso bajo parole y a la seguridad inherente a la colectividad, es posible reducir o incrementar el grado de vigilancia en cualquier instante.

Tales niveles son:

  • Reintegro intensivo: Otorga un mayor grado de vigilancia inmediata al reintegrar a un recluso a la comunidad.
  • Reintegro regular: Proporciona recursos tales como una vivienda o trabajo a los reclusos bajo libertad probatoria bajo palabra luego de su reintegro a la comunidad, pero esto solo ocurre por un tiempo específico.
  • Casos especializados: Otorga a los reclusos bajo que están en libertad probatoria bajo palabra que representan alto riesgo atención específica e intensiva.
  • Vigilancia de gestión: Cuando un recluso en libertad probatoria bajo palabra demuestra que se reintegró satisfactoriamente a la colectividad, se le indicará menor vigilancia.
  • Vigilancia electrónica: Con el fin de mejorar la vigilancia, es posible establecer sistemas electrónicos de vigilancia durante veinticuatro horas de ser necesario.
  • Cuidado y sustento personal: Al reinsertarse a la colectividad, concede servicios para transición como dinero, transporte, ropa y educación dirigida a padres.

Algunos reclusos en libertad probatoria bajo palabra no deben acudir a las audiencias para revocar tal medida conforme al régimen sobre libertad probatoria irrevocable. Los reclusos que están en libertad probatoria bajo palabra de carácter no revocable únicamente pueden ser remitidos a un reclusorio si resultan detenidos debido a la comisión de un nuevo crimen y si resultan condenados en razón de tal crimen de igual modo que otro acusado.

Aunado a ello, los reclusos que están en libertad probatoria bajo palabra de carácter irrevocable, no se encuentran obligados a acudir ante oficiales de libertad probatoria, pero si se deben atener a registros policiales efectuados sin una orden policial.

Oficiales a cargo de un régimen de libertad probatoria bajo palabra

Los regímenes de libertad probatoria bajo palabra son sometidos a vigilancia por funcionarios de libertad probatoria bajo palabra llamados también agentes parole. Al respecto la función de los mismos es brindar protección a la colectividad mientras ayudan a los reclusos que están en un régimen de libertad probatoria bajo palabra para que logren reinsertarse a la colectividad.

Estos se ocupan de hacer recomendaciones y planes para los clientes y de ayudar a los reclusos sometidos a un régimen de libertad probatoria bajo palabra a obtener beneficios como una vivienda, un empleo, asistencia médica, asesoría, entre otros.

¿Qué se debe tener en cuenta sobre la duración de un régimen de libertad probatoria bajo palabra (parole)?

Cuando a un recluso se otorga la libertad probatoria bajo palabra, la duración que tendrá su vigilancia depende del tipo de crimen por el cual resultó condenado. Al respecto la duración aproximada de un régimen parole ronda los tres años, sin embargo en ocasiones puede extenderse a cinco o diez años. Quienes resultan condenados por incurrir en asesinato deben ser condenados con cadena perpetua, pero existen excepciones a dicha regla. No debe olvidar que todo lo que se vincula a un régimen de libertad probatoria bajo palabra, incluyendo su duración está sujeto a modificaciones constantes.

¿Cuáles son las condiciones de un régimen de libertad probatoria bajo palabra?

Existen en California condiciones generales para un régimen parole que se deben acatar, al igual que otras condiciones extras vinculadas al crimen específico o los registros criminales del condenado.

A continuación le vamos a hacer mención de algunas condiciones generales que deben acatar los individuos sometidos a un régimen de libertad probatoria bajo palabra.

  • Es posible que un oficial de libertad probatoria bajo palabra y/o policía realice un registro tanto del individuo como de sus bienes sin poseer una orden judicial en cualquier instante.
  • El individuo no podrá salir de los límites del Estado sin contar con un permiso.
  • En caso de que el individuo sea hallado fuera del territorio de California renuncia a una extradición.
  • El individuo se debe presentar ante un oficial parole un día después de salir del reclusorio.
  • Debe informar al agente parole su sitio de residencia y de trabajo.
  • Debe notificar al agente parole en caso de cambiar de residencia.
  • Debe notificar al agente parole en caso de cambiar su sitio de trabajo en el periodo de 3 días.
  • En caso de salir de los límites de California debe pedir y recibir una autorización de viaje.
  • En caso de salir del condado durante un periodo de tiempo superior a dos días tiene el deber de pedir y recibir una autorización de viaje.
  • En caso de ser multado o arrestado debe notificar al agente parole inmediatamente.
  • No debe poseer, usar o acercarse a armas ni a balas.

Encontrar a un abogado especialista en Asuntos Posteriores a la Condena cerca de mí

Si usted fue condenado en Long Beach bajo y no tiene conocimiento de si puede o no ser beneficiado con un régimen o medida de Libertad Condicional Bajo Palabra, puede obtener toda la información que amerita poniéndose en contacto con el gremio Long Beach Criminal Attorney, el cual corresponde a una firma legal compuesta por un excelente equipo de expertos, instaurada en el condado desde hace ya bastante tiempo, quienes han representado todo tipo de casos y que cuentan con conocimientos excepcionales en cuanto a todo lo que involucra la materia penal y este tipo de medidas.

Para apartar una cita solo debe llamar al 562-308-7807 y podrá obtener una primera consulta totalmente gratuita.